Si queremos proteger al ambiente (esto pasa por no dejar todo el trabajo en las “manos” de los organismos estatales o autoridades y ser verdaderos portavoces) tenemos que conocer las leyes, pero eso pasa por conocer los conceptos y las sanciones que las mismas señalan.
Digamos que las grandes empresas se han “puesto las pilas” en esto,
ya que no son pocas las que han recibido sanciones por incumplimientos de
normas predefinidas y por dañar al ambiente.
Por otra parte, tenemos que conocer como nosotros podemos ayudar a
cuidar el ambiente inclusive recibiendo información de manera formal.
Al fin y al cabo, podemos ayudar hasta poniendo en práctica el
concepto de “mucho ayuda el que no estorba”.
Primero quiero destacar un conjunto de conceptos
relacionados con el ambiente (primordialmente parafraseados) los cuales
aparecen en la Ley Orgánica del Ambiente venezolana (ya hablaré el tema de la
legislación ambiental aquí mismo).
Ambiente: Conjunto o sistema de elementos de naturaleza
física, química, biológica o socio cultural, en constante dinámica por la
acción humana o natural, que rige y condiciona la existencia de los seres
humanos y demás organismos vivos, que interactúan permanentemente en un espacio
y tiempo determinado.
El ambiente, desde mi punto de vista, que realmente
nos interesa es el ambiente de “naturaleza física, química y biológica” en
resumidas cuentas el ambiente natural, que no involucre al ser humano, lo que
es el llamado “socio cultural” pero, cuando uno de estos ambientes esté situado
en los alrededores de un bosque, por decir algo, ahí si habría de qué
preocuparse para prevenir, por ejemplo, que viertan gases tóxicos al aire que
respiran los seres vivos o aguas contaminadas a cursos de agua vitales para esos
seres vivos. Eso es lo que se relaciona con el concepto que viene.
Ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado:
podemos abordar este concepto, al decir, por ejemplo, que los elementos
químicos (aquí se podría incluir los cursos de agua de un bosque de los que
hablamos) son utilizados por los seres vivos sin que le causen ningún daño
(digamos que hay armonía).
Aprovechamiento sustentable: Proceso orientado a la
utilización de los recursos naturales y demás elementos de los ecosistemas, de
manera eficiente y socialmente útil, respetando la integridad funcional y la
capacidad de carga de los mismos, en forma tal que la tasa de uso sea inferior
a la capacidad de regeneración.
Vemos que la humanidad explota la naturaleza con un
ritmo “criminal” y vemos que no tiene ninguna intención de que se regenere sino
que simplemente quiere explotar el ambiente, sobre todo sus elementos
biológicos y hídricos (químicos) porque simplemente sólo piensa en sus
intereses y por otro lado lleva a cabo la explotación más irracional e
insensata para su diversión (vemos por ejemplo el caso del león Cecil y su
hermano Jericho que indignó al mundo entero asesinados por el dentista Walter
Palmer).
Desde aquí, abogamos por una explotación 0 que no comprometa vidas.
Auditoría ambiental: Instrumento que comporta la
evaluación sistemática, documentada, periódica y objetiva realizada sobre la
actividad sujeta a regulación, para verificar el cumplimiento de las
disposiciones establecidas en esta Ley y demás normas ambientales.
La auditoría es un chequeo de lo que es peligroso al
ambiente (una actividad de construcción, típicamente).
Bienestar social: Condición que permite al ser humano
la satisfacción de sus necesidades básicas, intelectuales, culturales y
espirituales, individuales y colectivas, en un ambiente sano, seguro y
ecológicamente equilibrado.
Calidad del ambiente: Características de los
elementos y procesos naturales, ecológicos y sociales, que permiten el
desarrollo, el bienestar individual y colectivo del ser humano y la
conservación de la diversidad biológica.
Este es un concepto relacionado con el de ambiente
sano, seguro y ecológicamente equilibrado, pero aquí se habla de “procesos”.
Capacidad de carga: Máximo valor posible de elementos
o agentes internos o externos, que un espacio geográfico o lugar determinado
puede aceptar o soportar por un período o tiempo determinado, sin que se
produzcan daños, degradación o impida la recuperación natural en plazos y
condiciones normales o reduzca significativamente sus funciones ecológicas.
Compensación: Trabajos realizados o por realizar por
el responsable de una afectación de carácter permanente o temporal, con el
propósito de compensar los daños o alteraciones ocasionadas a los recursos
naturales.
Aquí podemos traer a colación este caso: una empresa
contratada debe recuperar daños causados al ambiente.
Contaminación: Liberación o introducción al ambiente
de materia, en cualquiera de sus estados, que ocasione modificación al ambiente
en su composición natural o la degrade.
Una empresa que atenta contra el ambiente además de
degradar contamina.
Desarrollo sustentable: Proceso de cambio continuo y
equitativo para lograr el máximo bienestar social, mediante el cual se procura
el desarrollo integral, con fundamento en medidas apropiadas para la
conservación de los recursos naturales y el equilibrio ecológico, satisfaciendo
las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las generaciones
futuras.
En este concepto al fin y al cabo busca mantener la
calidad ambiental y el control ambiental es una buena forma de lograrlo.
Contaminante: Toda materia, energía o combinación de
éstas, de origen natural o antrópico, que al liberarse o actuar sobre la
atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier otro elemento del ambiente,
altere o modifique su composición natural o la degrade.
Control ambiental: Conjunto de actividades realizadas
por el Estado conjuntamente con la sociedad, a través de sus órganos y entes
competentes, sobre las actividades y sus efectos capaces de degradar el
ambiente.
Daño ambiental: Toda alteración que ocasione pérdida,
disminución, degradación, deterioro, detrimento, menoscabo o perjuicio al
ambiente o a alguno de sus elementos.
Diagnóstico: Determinación, en un momento dado del
estado del ambiente, las especies, poblaciones, ecosistemas, de la diversidad
biológica y demás recursos naturales y elementos que lo integran, sus
restricciones y potencialidades de uso.
Un diagnóstico lo considero bueno para determinar si
una construcción es viable o no.
Ecosistema: Sistema complejo y dinámico de
componentes biológicos, abióticos y energía que interactúan como una unidad
fundamental.
Educación ambiental: Proceso continuo, interactivo e
integrador, mediante el cual el ser humano adquiere conocimientos y
experiencias, los comprende y analiza, los internaliza y los traduce en
comportamientos, valores y actitudes que lo preparen para participar
protagónicamente en la gestión del ambiente y el desarrollo sustentable.
Estudio de impacto ambiental y socio cultural:
Documentación técnica que sustenta la evaluación ambiental preventiva y que
integra los elementos de juicio para tomar decisiones informadas con relación a
las implicaciones ambientales y sociales de las acciones del desarrollo.
Evaluación de impacto ambiental: Es un proceso de
advertencia temprana que opera mediante un análisis continuo, informado y
objetivo que permite identificar las mejores opciones para llevar a cabo una
acción sin daños intolerables, a través de decisiones concatenadas y participativas,
conforme a las políticas y normas técnicas ambientales.
La evaluación de impacto ambiental verdaderamente es
un proceso derivado del diagnóstico.
Gestión del ambiente: Todas las actividades de la
función administrativa, que determinen y desarrollen las políticas, objetivos y
responsabilidades ambientales y su implementación, a través de la
planificación, el control, la conservación y el mejoramiento del ambiente.
Guardería ambiental: Acción de vigilancia y
fiscalización de las actividades que, directa o indirectamente, puedan incidir
sobre el ambiente para la verificación del cumplimento de las disposiciones
relativas a la conservación de un ambiente sano, seguro y ecológicamente
equilibrado.
Este concepto se parece al de auditoría ambiental, sólo
que no habla de informes derivados.
Restablecer: esto sería lo que sigue a la compensación.
Impacto ambiental: Efecto sobre el ambiente ocasionado por la
acción antrópica o de la naturaleza.
Inventario: Levantamiento de información cuantitativa y cualitativa
sobre los ecosistemas, la diversidad biológica, los recursos naturales y demás
elementos del ambiente.
Manejo: Prácticas destinadas a garantizar el
aprovechamiento sustentable y la conservación de los recursos naturales, así
como aquéllas orientadas a prevenir y minimizar efectos adversos por
actividades capaces de degradarlos.
El manejo sería el simple concepto de “hacer las cosas bien en materia de
protección ambiental”.
Medidas ambientales: Son todas aquellas acciones y
actos dirigidos a prevenir, corregir, restablecer, mitigar, minimizar,
compensar, impedir, limitar, restringir o suspender, entre otras, aquellos
efectos y actividades capaces de degradar el ambiente.
La evaluación de impacto ambiental, estudio de
impacto ambiental, guardería ambiental y auditoría ambiental estarían dentro de
las acciones de “prevenir”.
Mejorar: Acciones tendientes a incrementar, desde el
punto de vista cualitativo y cuantitativo, la disponibilidad de recursos
naturales y de diversidad biológica y demás elementos del ambiente.
Esto sería agrandar el ambiente y sus buenas
condiciones.
Norma técnica ambiental: Este es un elemento que
tiene fundamentalmente dos características: de aplicación continuada y
obligatorio.
Planificación ambiental: Proceso dinámico que tiene
por finalidad conciliar los requerimientos del desarrollo socio económico del
país, con la conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y un
ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
Política ambiental: Conjunto de principios y
estrategias que orientan las decisiones del Estado, mediante instrumentos
pertinentes para alcanzar los fines de la gestión del ambiente, en el marco del
desarrollo sustentable.
Preservación: Aplicación de medidas para mantener las
características actuales de la diversidad biológica, demás recursos naturales y
elementos del ambiente.
Recursos naturales: Componentes del ecosistema,
susceptibles de ser aprovechados por el ser humano para satisfacer sus
necesidades.
Reparación: Es el restablecimiento, compensación o el
pago indemnizatorio, según cada caso, de un daño ambiental, riesgo ambiental,
probabilidad de ocurrencia de daños en el ambiente por efecto de un hecho, una
acción u omisión de cualquier naturaleza.
Riesgo Ambiental: Probabilidad de ocurrencia de daños
en el ambiente, por efecto de un hecho, una acción u omisión de cualquier
naturaleza. Principios para la gestión del ambiente
Legislación ambiental
En Venezuela, tenemos la siguiente legislación de
carácter ambiental general:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Ley Orgánica del Ambiente.
Ley Penal del Ambiente.
Decreto No. 1.257 de fecha 13-03-96
Resolución No. 56 de fecha 04-07-96
Resolución No. 69 de fecha 20-04-93
Ley Derogatoria de la Ley Orgánica para la Planificación
y Gestión de la Ordenación del
Territorio, del 22 de Febrero de 2007.
Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio publicada
en la Gaceta Oficial N° 3.238 del 11 de agosto de 1983
Ley Orgánica de Ordenación Urbanística publicada en
la Gaceta Oficial N° 33.868 del 16 de diciembre de 1987.
Sanciones
Las sanciones están “tipificadas” o sea, plasmadas,
en la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley Penal del Ambiente.
En la Ley Orgánica del Ambiente venezolana, las
sanciones (empezando por su conceptualización) están contenidas en el título IX
(los títulos se dividen en capítulos y los capítulos en artículos) y dicho
“apartado” de sanciones abarca desde el artículo 108 (donde se dice que las
multas de dinero no pueden ser superiores a 10.000 Unidades Tributarias).
A partir de este artículo, se puede ver un conjunto
de información relacionada con las sanciones: lo más destacado es la nulidad y
la revocatoria de los permisos además de las multas adicionales y también medidas
preventivas.
Al llegar al artículo 120, se afirma lo ya dicho en
el artículo 108, aunque la multa puede “subir” al 25 %, según el artículo 121.
A partir de allí los artículos señalan un conjunto de
acciones (la multa deberá estar “acompañada” de medidas para un
restablecimiento del ambiente) y también es destacable que en última instancia
se podrá elevar a los tribunales competentes la acción.
En el capítulo III, artículos 130 a 135, está
contenido lo relativo a los delitos: estos podrán ser sancionados con penas de
cárcel, multas o disolución de la persona jurídica, se destaca también lo
referente a medidas restitutivas o realización de largas experticias, acordadas
por el juez.
Aplicación en grandes proyectos
Otro tema que interesaría exponer es ejemplificar
como se puede aplicar en grandes proyectos lo que se dijo sobre los conceptos
del artículo 3 de la Ley Orgánica del Ambiente venezolana y las sanciones
expuestas en éstas además de la Ley Penal del Ambiente.
Así tenemos, por ejemplo, que los primeros conceptos
que saltan a la palestra son los de la Evaluación de Impacto Ambiental, estudio
de impacto ambiental (esto es, como se dijo, lo que se deriva del anterior
concepto) y el de control (por parte de autoridades estatales y la comunidad).
Un proyecto que nos interesaría, al menos a los venezolanos, es un
proyecto petrolero, por ser un país petrolero.
La empresa venezolana PDVSA ha diseñado mecanismos para evitar
consecuencias de derrames petroleros (esto estaría enmarcado dentro del
concepto de control ambiental).
Así, podríamos poner el ejemplo de la Exxon Mobil, la cual a
propósito está propiciando un conflicto entre Venezuela y Guyana por el
territorio Esequibo y en una ocasión llevó a los tribunales el caso de la
nacionalización de fajas petrolíferas que afectaban sus proyectos, exigiendo
indemnizaciones al estado venezolano. Dicha empresa, según la famosa Wikipedia,
se dedica a la explotación, elaboración
y comercialización de productos petroleros y gas natural.
Yo me centraría en la educación de manera formal, aunque
la no formal es de manera más masiva yo creo que necesita tratamientos y
ajustes de calidad y cantidad y aprovechar más el amplio recurso que posee:
puede ser impartida en exteriores: más allá de un salón de clases prescindiendo
de tecnología y otros recursos.
La educación ambiental formal, debe de ser
aprovechada por el estudiante y no bajo la presión de una “nota” o la obtención
de un título universitario en las diversas carreras (esto por decir sólo su
implantación a nivel universitario).
A mí, en particular, me tocó a nivel universitario
cursar tres materias relacionadas con ambiente: por orden cronológico fueron
las siguientes:
Educación Ambiental (2008 y 2009).
Saneamiento y conservación Ambiental (2013).
Evaluación Ambiental (2013).
Las últimas 2 estuvieron vinculadas a la presentación
de un proyecto final para la obtención de un título universitario, ya que en el
proyecto había que incluir la norma ISO relativa al ambiente.
La educación puede crear un conjunto de “valores
adicionales” en la población mundial:
Proporcionar la información y los conocimientos
necesarios en la población mundial para que ésta adquiera conciencia de los
problemas del ambiente, creando en ella predisposición, motivación, sentido de
responsabilidad y compromiso para trabajar individual y colectivamente en la
búsqueda de soluciones.
La educación ambiental tiene, obviamente, su foco en
el ambiente para crear una especie de filosofía en torno a este elemento
fundamental. Los siguientes son sus principios:
Considerar al ambiente en forma integral, es decir,
lo natural y lo construido, no sólo los aspectos naturales, sino los
tecnológicos, sociales, económicos, políticos, morales, culturales, históricos
y estéticos.
Asumir un enfoque interdisciplinario para el tratamiento
de la dimensión ambiental, que se inspira en el contenido específico de cada
disciplina para posibilitar una perspectiva holística y equilibrada.
Tratar la temática ambiental desde lo particular a lo
general tiene como finalidad que los estudiantes se formen una idea de las
condiciones ambientales de otras áreas, que identifiquen las condiciones que
prevalecen en las distintas regiones geográficas y políticas, además de que
reflexionen sobre las dimensiones mundiales del problema ambiental para que los
sujetos sociales se involucren en los diferentes niveles de participación y
responsabilidad.
Otro principio orientador hace énfasis en la
complejidad de los problemas ambientales, por lo cual es necesario desarrollar
el pensamiento crítico y las habilidades para resolverlos.
Promover el conocimiento, la habilidad para
solucionar problemas, la clasificación de valores, la investigación y la
evaluación de situaciones, en los estudiantes en formación, cuyo interés
especial sea la sensibilización ambiental para aprender sobre la propia
comunidad.
Capacitar a los alumnos para que desempeñen un papel
en la planificación de sus experiencias de aprendizaje y darles la oportunidad
de tomar decisiones y aceptar sus consecuencias.
Evaluar las implicaciones ambientales en proyectos de
desarrollo.
Insistir en la necesidad de cooperación local,
nacional e internacional, para la prevención y la solución de los problemas
ambientales.
El conocimiento de los problemas ambientales, puede,
bajo principios orientados, ayudar a comprender un poco más lo complejo de la
realidad que vivimos. Esto no significa que los contenidos por sí solos
conduzcan al estudiante a un cambio de actitudes. Además de la adquisición de
conocimientos, también debe destacar el aspecto preventivo. En este sentido, se
propone promover una "cultura de resistencia", es decir la educación
ambiental debe cuestionar los actuales modelos de desarrollo, pues éstos son
los responsables del deterioro ecológico y social que viven los países
subdesarrollados, el cual es diferente al que se presenta en otros países.
Cómo puede ayudar cada persona a proteger el ambiente
A mi parecer, primero había pensado en una manera
primaria de proteger el ambiente: plantar árboles, pero no me había dado cuenta
de que esto tenía que ver más con una actividad de reparación (claro, sin que
la persona necesariamente estuviera enmendando un error).
Pero pude investigar que hay muchas maneras de
proteger el ambiente y que ello puede empezar por decir que si cada persona
quiere ayudar puede empezar por su propio hogar, de la siguiente manera:
Ahorrando electricidad, de manera que cuando usemos
algún aparato eléctrico o iluminación artificial nos regulemos: planificar el
tiempo que pasamos en la computadora, en la televisión, no usar las bombillas
de día, ya que contamos con la luz natural, etc.
También debemos utilizar materiales biodegradables y
regular los desechables, poniendo la basura en su lugar, limpiando con
frecuencia nuestra casa: recordemos, por ejemplo, que el plástico puede tardar
miles de años en desintegrarse y las pilas “doble A” o “triple A” contaminan
muchos litros de agua.